La nueva ley hipotecaria blinda desde hoy a los clientes de los abusos bancarios
Los que vayan a firmar una hipoteca a partir del próximo lunes lo harán en condiciones de mayor seguridad jurídica que aquellos que han rubricado un préstamo para vivienda hasta ahora. A partir del domingo, entrará en vigor la nueva ley hipotecaria que blinda a los consumidores de posibles abusos de las entidades financieras. La norma, además, introduce una serie de cambios que benefician al bolsillo de los hipotecados.
Uno de los aspectos más positivos para las finanzas de los futuros hipotecados –la norma no tiene carácter retroactivo– es la supresión de las polémicas cláusulas suelo para que pueden beneficiarse de las posibles caídas del euribor. Además, a partir de ahora, los bancos asumirán los gastos de gestoría, notaría y registro. Los de tasación, en primera instancia, serán sufragados por el cliente, pero si la operación se cierra, será la entidad la que asuma el gasto. Esta medida puede suponer un ahorro de entre 500 y 1.000 euros, según cálculos del comparador de productos financieros iAhorro.
Otro aspecto beneficioso para el bolsillo del hipotecado es el de las comisiones. Las de amortización anticipada para hipotecas de tipo fijo bajarán a la mitad y serán del 2% durante los 10 primeros años y del 1,5% a partir de este periodo, mientras que el cliente deberá elegir el tipo de amortización a tres y cinco años cuando su hipoteca sea a tipo variable, cuyas comisiones serán del 0,25% o del 0,15%, respectivamente. Además, la comisión por interés de demora queda fijada en el interés remuneratorio más el 2%.
Los que firmen su hipoteca a partir del lunes podrán, además, subrogar libremente y sin costes su hipoteca. Este punto tiene especial interés en un contexto como el actual de bajos tipos de interés. Ante la nula rentabilidad de los depósitos, muchos pueden optar por llevarse su hipoteca a otro banco que les ofrezca mejores condiciones y lograr así un ahorro que no obtienen con otros productos financieros. En Gran Bretaña, de media, sus ciudadanos cambian su hipoteca de entidad cada cinco años. Sin embargo, como explica el director de Hipotecas de iAhorro, Simone Colombelli, «en España, la gente todavía es reacia a hacerlo por el coste que tiene». Los que firmaron su hipoteca antes de 2013 y se sigan beneficiando de la deducción por compra habitual en el IRPF deberán, no obstante, echar cuentas. Si subrogan su hipoteca, perderán esta bonificación y deberán sopesar si les compensa más el nuevo tipo o la deducción.
Los que sí podrán beneficiarse de la subrogación son los que tienen su hipoteca vinculada al IRPH. Podrán cambiarla de entidad mientras esperan a que el Tribunal Superior de Justicia de la UE declare abusiva o no su aplicación el próximo 10 de septiembre. Este cambio podrán hacerlo de forma gratuita con la ley y no perderán su derecho de reclamación.
Los hipotecados también pueden lograr mejores condiciones para sus préstamos con la contratación de productos adicionales. Si bien la nueva norma prohíbe las vinculaciones, sí permite que las entidades puedan mejorar sus tipos a los clientes si este, por ejemplo, domicilia su nómina con la entidad o contrata un seguro de vida o de hogar. En el caso de este último, el cliente podrá presentar una póliza de otra entidad con las mismas o mejores condiciones y su banco tendrá que aceptarla sin empeorarle la oferta propuesta. Los clientes también podrán elegir su tasadora.
Más protección
Junto a aspectos meramente económicos, la ley también refuerza la protección jurídica para los hipotecados. El punto tal vez más notable que añade en este aspecto es la posibilidad que dará a los clientes de tener diez días para revisar el contrato antes de acudir a firmarlo ante el notario. Además, obliga a que la persona que ofrezca el producto lo haga con claridad y explicando todos sus aspectos. Para ello, los empleados de banca recibirán una formación específica, si bien en este aspecto quedan dudas por resolver. Las entidades también estarán obligadas a que la oferta que hagan sea comparable con la de otros bancos y que términos como el tipo de interés o la cuota que va a pagar el hipotecado queden perfectamente definidos en la oferta al cliente.
Respecto a la protección contra los desahucios, la ley recoge que para llevar a cabo una ejecución será necesario que las cuotas impagadas sumen doce o el 3% del capital principal prestado en la primera mitad de la vida del préstamo, o 15 cuotas y el 7% en la segunda mitad del crédito.
Fuente La Razón.